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Este es nuevo tabulador de salarios en México

El salario mínimo general aumentará a partir del primero de enero de 2022 de 141.70 a 172.87 pesos diarios; mientras que en la Zona Libre de la Frontera Norte pasará de 213.39 a 260.34 pesos diarios. Este incremento se por tercera ocasión en este sexenio y por consenso de los tres sectores que conforman la comisión; se estima que este aumento beneficiará a más de 6 millones de personas.

En este sentido, los salarios mínimos profesionales del listado integrado por 61 profesiones, oficios y trabajos especiales también recibirán un incremento de 22 por ciento. Véanlo líneas abajo:

  • Albañil: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $199.42 para el resto del país.
  • Dependiente boticas, farmacia, droguería: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $176.28 para el resto del país.
  • Operador buldozer y/o traxcavo: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $208.91 para el resto del país.
  • Cajero(a) de máquina registradora: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $179.34 para el resto del país.
  • Cantinero(a) preparador de bebidas: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $183.01 para el resto del país.
  • Carpintero(a) de obra negra: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $199.42 para el resto del país.
  • Carpintero, reparación de muebles: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $196.14 para el resto del país.
  • Cocinero restaurantes, fondas, etcétera: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $201.95 para el resto del país.
  • Reparación y fabricación de colchones: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $184.82 para el resto del país.
  • Colocador de mosaicos y azulejos: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $195.44 para el resto del país.
  • Yesero en construcción de edificios y casa: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $186.12 para el resto del país.
  • Cortador en manufactura de calzado: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $181.24 para el resto del país.
  • Costurero confección de ropa en taller: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $179.08 para el resto del país.
  • Costurero confección de ropa a domicilio: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $183.78 para el resto del país.
  • Acomodador de autos en estacionamientos: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $187.34 para el resto del país.
  • Chofer de camión de carga en general: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $203.52 para el resto del país.
  • Chofer de camioneta de carga en general: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $197.75 para el resto del país.
  • Chofer operador de vehículos con grúa: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $190.22 para el resto del país.
  • Operador de draga: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $210.84 para el resto del país.
  • Ebanista en fabricación y reparación de muebles: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $198.97 para el resto del país.
  • Electricista e instalador eléctrico: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $195.44 para el resto del país.
  • Electricista en la reparación de automóviles y camiones: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $197.34 para el resto del país.
  • Electricista reparador de motores en talleres: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $190.22 para el resto del país.
  • Empleado de góndola, anaquel en tienda de autoservicio: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $175.77 para el resto del país.
  • Encargado de bodega y/o almacén: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $182.04 para el resto del país.
  • Dependiente de ferreterías y tlapalerías: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $185.67 para el resto del país.
  • Fogonero de calderas de vapor: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $191.61 para el resto del país.
  • Gasolinero: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $179.08 para el resto del país.
  • Oficial de herrería: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $192.92 para el resto del país.
  • Hojalatero en la reparación de automóviles y camiones: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $196.14 para el resto del país.
  • Jornalero agrícola: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $195.43 para el resto del país.
  • Lubricador de automóviles, camiones: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $180.44 para el resto del país.
  • Manejador en granja avícola: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $173.86 para el resto del país.
  • Operador de maquinaria agrícola: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $200.41 para el resto del país.
  • Operador de máquinas para madera en general: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $191.61 para el resto del país.
  • Mecánico: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $205.96 para el resto del país.
  •  Montador en talleres y fábricas de calzado: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $181.24 para el resto del país.
  • Peluquero y cultor de belleza: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $187.34 para el resto del país.
  • Pintor de automóviles y camiones: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $192.92 para el resto del país.
  • Pintor de casas, edificios y construcciones: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $191.61 para el resto del país.
  • Planchador a máquina en tintorerías y lavandería: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $179.34 para el resto del país.
  • Plomero en instalaciones sanitarias: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $191.95 para el resto del país.
  • Radiotécnico reparador de aparatos eléctricos: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $198.97 para el resto del país.
  • Recamarero en hoteles: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $175.77 para el resto del país.
  • Dependiente de refaccionaria de automóviles: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $182.04 para el resto del país.
  • Reparador de aparatos eléctricos para el hogar: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $189.50 para el resto del país.
  • Reportero en prensa diaria impresa: $387.09 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $387.09 para el resto del país.
  • Reportero gráfico en prensa diaria impresa: $387.09 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $387.09 para el resto del país.
  • Repostero o pastelero: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $199.42 para el resto del país.
  • Oficial en sastrería en trabajo a domicilio: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $200.41 para el resto del país.
  • Secretario auxiliar: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $205.55 para el resto del país.
  • Soldador con soplete o con arco eléctrico: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $197.34 para el resto del país.
  • Tablajero y/o carnicero: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $187.34 para el resto del país.
  • Tapicero de vestiduras de automóviles: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $190.22 para el resto del país.
  • Tapicero en reparación de muebles: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $190.22 para el resto del país.
  • Trabajador del hogar: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $187.92 para el resto del país.
  • Trabajador social: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $222.67 para el resto del país.
  • Vaquero/ordeñador a máquina: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $175.77 para el resto del país.
  • Velador: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $179.08 para el resto del país.
  •  Vendedor de piso de aparatos de uso doméstico: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $183.78 para el resto del país.
  • Zapatero en talleres de reparación de calzado: $260.34 para la Zona Libre de la Frontera Norte y $181.24 para el resto del país.

Pónganse buzos y si realizan alguna de estas labores, presten atención a sus recibos quincenales – el cual es obligatorio de dar por parte del patrón -, y revisen que vengan bien claros las percepciones y deducciones que corresponden por ley, sobre todo la parte en donde se manifiesta la cantidad del pago por trabajo devengado. Este debe de ser de acuerdo al contrato y el correcto con la profesión que desempeñe, y si es uno del listado anterior, deben llevar su salario base diario.

Espero les sirva esta info que se dio a los medios por parte del gobierno federal…

Escrito por Invidente Zurdo

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